Untitled Document

 

"Nada podemos esperar sino de nosotros mismos"   SURda

www.surda.se

 

 

09-04-2017

 

El Defensor del Pueblo en Venezuela tiene que renunciar

SURda

Venezuela

 

Change.org

Las personas, organizaciones de derechos humanos y de sociedad civil en general, que suscribimos esta comunicación expresamos nuestra indignación por las declaraciones emitidas por el defensor Tarek William Saab el día miércoles 29 de marzo de 2017, en las cuales expresó su apoyo a la sentencia número 155 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se le retiraba la inmunidad parlamentaria a los diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, se atribuye al Presidente de la República la facultad para revisar leyes y determinar discrecionalmente la aplicación de delitos militares; y de reconsiderar la pertinencia de la participación de Venezuela en instancias internacionales.

Ese día, 29 de marzo, usted, como presidente del llamado “Consejo Moral Republicano” (CMR), leyó un comunicado donde afirmaba que este órgano del Poder Ciudadano “manifiesta su firme apoyo a esta sentencia”, alegando que la misma, a su juicio, “evalúa apropiadamente elementos que ponen en riesgo la soberanía e independencia del país”[1]. Hoy sabemos que de los tres entes que integran el CMR, uno de ellos está en desacuerdo con dicha sentencia. El viernes 31 de marzo la Fiscal General de la República la calificó, junto al dictamen 156 del mismo tribunal, como la “ruptura del hilo constitucional”, en medio de un amplio rechazo de ambas sentencias por parte de la comunidad nacional e internacional.

El apoyo expresado por usted a la referida sentencia , no solo es fraudulento al ser presentado como una posición institucional, pese a no haber sido producto de un consenso entre los integrantes del Consejo Moral Republicano, sino que constituye un menosprecio de la institución parlamentaria, de la que usted mismo fue en algún momento parte, en abierta violación de la Constitución y del Estado de Derecho.

Como es del conocimiento público la institución a su cargo no cumple plenamente con lo establecido en los “Principios de París”, que norman la actuación de las defensorías del pueblo en todo el mundo. Debido a la ausencia de autonomía e independencia en el funcionamiento de la Defensoría, tanto durante la gestión de Gabriela del Mar Ramírez como la suya, el Subcomité de Acreditaciones de la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI), en octubre de 2016 tomó la decisión de rebajar la calificación de la Defensoría del Pueblo venezolana a categoría B. A finales del 2014, este organismo le había dado un año para que, en sus propias palabras, usted hablara “alto y claro” sobre las violaciones de derechos humanos en nuestro país y señalara con claridad las responsabilidades del Estado.

En marzo del 2017, durante la presentación de su informe anual ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, el Alto Comisionado Zeid Ra´ad al Hussein dedicó unos minutos para hablar sobre la preocupante situación de Venezuela, recordando la falta de independencia de la Defensoría del Pueblo en nuestro país. No solamente usted no tomó las medidas para corregir esta situación, atendiendo debidamente y sin discriminación a las víctimas de violaciones de derechos humanos en el país, sino que, como lo demuestra su apoyo a una decisión que fue calificada por la Fiscal General y por la mayor parte de la sociedad democrática venezolana como “Golpe de Estado” , reincide en actuaciones cada vez más graves e inaceptables dentro del papel que debería desempeñar un Defensor del Pueblo en un contexto de crisis social, política y económica. Por contraste, las organizaciones de derechos humanos tenemos como referente el valiente papel que desempeñó el primer Defensor del Pueblo en Perú, Jorge Santistevan de Noriega, ante la ausencia de democracia en ese país bajo la dictadura de Alberto Fujimori.

Conforme a lo establecido en el artículo 280 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) usted tiene entre sus atribuciones “la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en esta Constitución y en los tratados internacionales sobre derechos humanos”. En este caso usted se aparta de esas obligaciones inherentes a su cargo al igual que en numerosas ocasiones omite pronunciarse ante graves casos de violaciones  a los derechos humanos como en el caso los restos hallados en las instalaciones de la Penitenciaría General de Venezuela (PGV).

Por lo expuesto anteriormente, quienes suscribimos la presente comunicación le solicitamos formalmente que presente su renuncia al cargo como Defensor del Pueblo, permitiendo que una persona independiente y respetuosa de la Constitución, el Estado de Derecho y los principios democráticos,  asuma el cargo; una persona que, en lugar de defender sin pudor al gobierno, se coloque al lado de las víctimas de las graves violaciones a derechos humanos que ocurren diariamente, cuyas manifestaciones más evidentes son el aumento de la pobreza, el hambre, la falta de acceso a medicinas y a la atención en salud en general, así como la pérdida de vidas producto de la violencia, incluyendo las causadas por las Operaciones de Liberación del Pueblo (OLP) y la impunidad.

Su renuncia y sustitución por un Defensor del Pueblo consciente del papel que debe jugar, especialmente en momentos de crisis política y de derechos humanos, permitiría que la Defensoría del Pueblo venezolana pueda ser evaluada favorablemente, no sólo por los organismos internacionales con competencia en derechos humanos, sino por quienes más necesitan de una institución autónoma e independiente que esté a su lado: la población en general y las víctimas de violaciones de derechos humanos.

Fuente: https://www.change.org/p/tarekwiliamsaab-defensor-del-pueblo-en-venezuela-tiene-que-renunciar

 

 
Copyright © 2007 SURda All rights reserved. webmaster@surda.se